D I S P O S I T I V A:
En atención a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por el abogado RUBEN MARTIN ALIZA, apoderado judicial de la co-demandada ciudadana MARIA FERNANDA ARRIAGA, contra el auto de fecha 22 de marzo del año 2.011, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: Se Revoca el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 22 de marzo del año 2.011, donde niega la perención de la instancia.
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