Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano imputado JOSÉ LEONARDO MONTOYA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previstos y sancionados en los artículos 409 del Código Penal, en perjuicio de EDGAR CARBAJALINO LOBO (Occiso). TERCERO: La continuación del proceso por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: en relación a la solicitud realizada por la defensa se acuerda CON LUGAR. QUINTO: Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de la Libertad, de conformidad con el artículo 256 numeral 3º, en concordancia con el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, y deberá presentarse cada 22 días a.....