este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
Primero: Homologa acuerdo cursante al folio 09, del expediente Nº 11-1082 DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los términos expuesto por las partes de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Segundo: Se fija en la SEISCIENTOS BOLIVARES (BS.600, OO) MENSUALES, DE OBLIGACION DE MANUTENCION, Bono Dicembrino de la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (BS.2.000, OO, que el ciudadano EDGAR DE JESUS GARCIA, debe cumplir a partir del mes de Octubre del presente año, a favor de los niños se omiten los nombres de conformidad al artículo 65 de la L. O. P. N. N. A), e
Tercero: Las partes en el presente Juicio son la Ciudadana: YENNIS YAQUELIN OJEDA, titular de la cédula de identidad Nº V-.13.640.039 madre y Representante legal de los Ni.....