INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado JAVIER ARTURO BLANCO, defensor privado de los ciudadanos; FRANCISCO ESTRADA y VLADIMIR HIDALGO, ambos de nacionalidad venezolana, y titulares de las cédulas de identidad números V-9.591.552, y V-4.667.568, respectivamente, acusados por la vindicta pública por el delito de EXTORSIÓN previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal Venezolano. Todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 437, literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal.-