Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA PRIMERO: Declarar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida a los adolescentes (SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DE LOS ADOLESCENTES POR MANDATO EXPRESO DEL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)., por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Tentativa, previsto y sancionado en el artículo 453, numeral 3 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 80 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana URDANETA HERNANDEZ ROSANGELA GREGORI.
SEGUNDO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Publíquese y diarìcese.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. KARIBAY DURAN ESCOBAR.
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