DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, solicitada por los ciudadanos EDWAR ISCANDER RAMOS y CRISTINA YOBISMAR LANDAETA HIDALGO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.512.093 y V-17.200.822, en su orden, debidamente asistidos por los Abgs. JUAN CORDOBA e YSAIAS ALBERTO FERNANDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.868 y 76.280, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 188, 189 y 190 del Código Civil Vigente.