DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta SALA ÚNICA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación de Sentencia, ejercido por el profesional del derecho FREDDY FIDEL MOLINA AYALA, en su condición de defensor Privado de los ciudadanos LUIS EMILIO GARCÍA y DELIA NICANOR COLMENARES.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, extensión Guasdualito de fecha 18 de diciembre del año 2008, en la que condena a los acusados Luis Emilio García y Delia Nicanor Colmenares, por el delito de Secuestro en Grado de Cooperador, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de Andrés del Orbe del Orbe.
Publíquese, regístrese,.....