OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,00). Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, dichas bienhechurías se encuentran fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana: XIOMARA CONCEPCION GUERRA VILLAZANA, plenamente identificada. Se ordena devolver estas resultas a la solicitante antes identificada en el escrito de solicitud.-
El Juez;
Abog. Francisco Javier Padrón
La Secretaria Titular;
Abog. Maria Milagro Aranguren T.
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesado, constante de LETRA Y NUMERO ( ) folios útiles y quedó anotado en el punto Nº , folio Nº , del Libro Diario.
La Secretaria Titular;
Abog. Maria Milagro Aranguren T.
Sol. N° 15-367.-
FJP/MMAT/mch.-