Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur, con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR CADUCIDAD, el presente COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, ejercido por la ciudadana LAYA LEDDYS JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.770.031, debidamente representada por el abogado en ejercicio ALEXIS RAFAEL MORENO LOPEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.984, contra el MINISTERIO PARA EL PODER POPULAR DE INTERIOR Y JUSTICIA DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-