Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la abogado FREDERICK ANTONIO DÍAZ VIERA, en su carácter de Defensor Privado de los imputados ARNEY ALEXANDER PRIETO y MAURICIO JAVIER BEJAS, contra quien le fue instruida averiguación penal, distinguida en el Tribunal Tercero de Control de esta Circunscripción Judicial, bajo el N° 3C-3612-11, y signada bajo esta Superior Instancia bajo el N° 1Aam-2060-11, en razón del pedimento de examen y revisión de la Medida Judicial de Privación de Libertad, tomando en consideración la jurisprudencia patria N° 193, Exp N° 10-1032 de fecha 04/03/2011 de la Sala Constitucional, con ponencia al Magistrado Francisco Antonio Carrasquero López, referida a la consignación de copia certificada .....