CIEN MIL BOLIVARES (100.000.00) Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de los ciudadanos: FREDDY EDUARDO MELO VELOZ; LUIS EDUARDO MELO VELOZ; RAMON EDUARDO MELO VELOZ; Y JUAN EDUARDO MELOVELOZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, portadores de la cedula de identidad números: V- 5.362.714, V-10.616.773, V- 11.244.225, V-13.559.837., plenamente identificados. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-
El Juez,
Abog.Francisco Javier Padron
La Secretaria Titular
Abog. María Milagro Aranguren T
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.
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