Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, Impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial de Nulidad conjuntamente con solicitud de Amparo Cautelar, interpuesto por la ciudadana Liliana Margarita Fernandez Pérez, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-24.539.914, debidamente representada por las Abogadas Victelia Mavel Rodríguez de Maldonado y Abrahanny Maldonado, Inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 109.744 y 184.643, respectivamente, contra la Gobernación del Estado Apure (Comandancia de la Policía del Estado Apure).
SEGUNDO: Se declara FIRME el acto administrativo de destitución contenido en la Decisión CDPEA 003-2.....