ACUERDA: UNICO: Fijar un lapso de setenta (70) días continuos, contados a partir de la presente fecha, a los fines que el Representante del Ministerio Publico presente el correspondiente acto conclusivo en la presente, seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Remítase la presente causa a la Fiscalia Octava del Ministerio Publico, a los fines de que dicta acto conclusivo. Ofíciese a la Defensa en relación al pronunciamiento respectivo. Quedan las partes asistentes debidamente notificadas de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
La Jueza,
ZULEIMA ZARATE LAPREA