HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00) mensuales, a partir del 30 de Noviembre del 2016. SEGUNDO: Igualmente, se compromete a pagar un Bono Único escolar, por la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,00), con motivo del inicio del nuevo año escolar, los cuales serán depositados el 30 de Julio del 2017. TERCERO: Asimismo, se compromete a aportar un Bono Único Decembrino, por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,00), con motivo de las festividades decembrinas, los cuales serán depositados el 25 de Noviembre del 2016. CUARTO: En lo referente a consultas médicas, medicinas, exámenes, vestidos, recreación o cual.....