DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA EXTINCIÓN DEL PRESENTE PROCESO, correspondiente a la acción de DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES, instaurado por el Ciudadano ANDY ROGELIO PADILLA PEREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.812.940, teniendo como Apoderado Judicial al ciudadano LUIS ALBERTO ROSALES DIAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-9.871.816, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 214.568, contra los ciudadanos ARELIS ZULEIMA VILLAMEDIANA MONTOLLA, RAFAEL DAVID ROJAS PEREZ Y JOSE HERIBERTO ROJAS PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 13.254.330, 12.585.309 y 11.756.775, respectivamente, en virtud que ninguna de las partes compareció ni por si ni mediante Apoderado Judicial a la audiencia.....