D I S P O S I T I V A
Por todo lo ante expuesto este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, en nombre de la Republica Bolivariana de conformidad a las previsiones del literal "C" del Art. 62 de Ley de Régimen Penitenciario. DECLARA:
UNICO: Con lugar la solicitud de la salida transitoria formulada por el penado JOSE JOEL RENGIFO, venezolano, mayor de edad, de estado Civil Soltero, obrero de oficio y titular de la cedula de identidad N° 10.984.896, para trasladarse a la ciudad de Maracay Estado Aragua, específicamente a comprar mercancía para la venta en esta ciudad, en consecuencia, se le concede un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para tramitar tal diligencia, para la cual deberá estar acompañado de un funcionario del Ministerio del Interior y Justicia adscrito al Internado Judicial de San Fernando de Apure que ejercerá la debida función de vigilante; todo ello previa prestación de caución juratoria por parte del referido penado de respetar las condic.....