En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, por prescripción de la acción penal de la causa signada con el Nº 2C-6891-05, seguida en contra: JOSE MARIA SOLIS, por la presunta comisión del delito de LESIONES GENERICAS, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, todo ello de conformidad con lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, Y el Art. 48 ordinal 8° ejusdem
Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
MIGUELANGEL ESCALONA ACOSTA.-