ÚNICO: Declara inadmisible de conformidad con el literal "c" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, la pretensión interpuesta el 1-3-2018 por el Abg. YORFRE ELEAZAR LAYA NUÑEZ, Defensor de JOSE LUIS SILVA, contra la decisión mediante la cual el 21-2-2018 el Juez del Tribunal 1° de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. EDGAR CRISTOBAL RODRIGUEZ SILVA, declaró sin lugar las excepciones opuestas por la Defensa en la apertura del juico oral y público.