PRIMERO: Parcialmente con Lugar la apelación de fecha 25 de noviembre del 2002, por la cual la abogada SONIA ROMERO, con el carácter acreditado en los autos, interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Parcialmente Con Lugar la presente demanda de Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por la ciudadana ANA MARIA VILLANUEVA VILERA, identificada en autos, en contra de la FUNDACION DEL NIÑO, SECCIONAL APURE, representada por la Lic. CHAJIDE DE LIPPA. En consecuencia, se condena a dicha Gobernación a cancelar a la demandante la cantidad de ONCE MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL CIENTO SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 11.127.177,49), por concepto de prestaciones sociales, discriminados de la manera siguiente:
1. Antigüedad según el antiguo régimen Bs. 3.696.000,00
2. Comp. Y Transferencia Bs.280.000, 00.
3. Antigüedad según nuevo régimen Bs. 2.217.600,00.
4. Por concepto .....