-VII-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano Hernán de Jesús Linares Mendoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.718.800, debidamente representado por el abogado Werner Simons, en su carácter de Defensor Publico Auxiliar Segundo Agraria (E) del estado Apure, titular de la cédula de identidad Nº V-15.622721, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 148.682, parte demandante, en fecha 06 de octubre de 2003, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en fecha nueve (09) de septiembre del año 2003.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia, de fecha.....