Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano NELGAR ISAAC RONDON RATTIA, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-14.694.548, representado judicialmente por el abogado en ejercicio Williams José Linero, abogados en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 141.172, contra la Fiscalia General de la República Bolivariana de Venezuela.-
SEGUNDO: Se DECLARA la Nulidad Absoluta del Acto Administrativo Nº 1298, de fecha 19 de agosto de 2015, emanado de la Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela.-
TERCERO: Se ORDE.....