Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: La aprehensión en flagrancia de los ciudadanosLUIS EDUARDO BUSTOS CARRASQUEL, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 24.200.085, JESÚS OMAR GARCÍA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.156.203 y BRIAM ANTONIO SEIJAS CARDOZA, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.612.121, de conformidad con las previsiones del artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 234 del Código Orgánico Procesal Penal. Siendo el Ministerio Público quien ejerce la acción penal, por mandato expreso del Estado y teniendo el mismo, la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal considera ajustado a d.....