...Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y en cumpliendo funciones de guardia, DECLARA:
PRIMERO: Se CONCEDE LA PRORROGA de quince (15) días solicitada por la ABG. JOSELIN RATTIA COLINA, Fiscal Primera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Apure, en el asunto penal N° 3C-3022-10, (Fiscalia: 04-F1-0850-10) seguida a los ciudadanos ALEXIS JOSE BRACHO DOMINGUEZ Y WILFREDO WALDEMAR BATTA, titulares de la cédula de identidad Nº 13.640.489 y 20.612.622, respectivamente, los cuales comenzaran a computarse a partir del vencimiento de los treinta días, es decir desde el día 12 de Octubre de 2010 inclusive, y culminara el día 27 de Octubre de 2010, todo de conformidad a lo establecido en el quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en .....