Por todo lo antes expuesto que, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley PRIMERO: DECRETA LA NULIDAD de la Acusación presentada por la Fiscalía del Ministerio Público, en contra de los ciudadanos SANTOS YOVANNY CARRILLO GAMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 9.219.671, de 42 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio taxista y electricista, residenciado en la Vereda la Hacienda, calle principal, casa Nº 3-60 ubicada en la vía hacia Rubio, Estado Táchira. MARYURI DAYANA BAUTISTA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 17.646.527, de 19 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, Residenciada en el Sector la colina, casa S/N, Capacho Estado Táchira. MAIKEL JHONATAN PUENTES MELO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.679......