Por todo lo anteriormente expuesto es que este Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur; administrando justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE DECLINA la competencia para conocer en el proceso INTERDICTAL POR DESPOJO, instaurado por el ciudadano FRANKLIN OCTAVIO LÓPEZ en contra del ciudadano ORLANDO CONTRERAS, en el Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, al cual se acuerda remitirle el expediente original, una vez quede firme la presente decisión.