este Tribunal Segundo de Primera Instancia, de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: "CON LUGAR" la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, solicitada por los ciudadanos; FANNY MARIELY JIMENEZ GAMARRA y PEDRO JESUS VERA HURTADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 19.326.028 y V-19.471.722, en su orden, y en consecuencia se declara DISUELTO el vinculo matrimonial contraído por ante el Registrador Civil de la Parroquia Puerto Miranda, del Municipio Camaguán del Estado Guarico, el día 23 de Diciembre del 2.009, según se evidencia de Acta de Matrimonio N° Noventa y Tres (93), inserta al folio Nº 03 de la presente causa.