Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano Tomás Flores, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-15.046.694 contra el acto administrativo Nº 062-2011, de fecha 05 de Septiembre de 2011, dictado por el comandante General de la Policía del Estado Apure.
Segundo: Se declara firme el Acto Administrativo Nº 062-2011, de fecha 05 de Septiembre de 2011.
Tercero: Se desestima la solicitud de reincorporación al cargo de Agente Policial.