TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: ADMITE la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en contra de la imputada MARLENY SALCEDO CHIQUILLO, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de Ciudadanía Nº C.C- 1.116.858.083, de fecha de nacimiento 12-05-1988, soltera, profesión u ocupación ama de casa, natural de Tame Arauca, República de Colombia, residenciada en el Caño Yaura, Vía San Sebastián, Barinas Estado Barinas, teléfonos: 0057-3105860818 y 0278-5844537, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, cometido en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Se admiten las pruebas presentadas por el Ministerio Público, por ser lícitas, legales y pertinen.....