Es por todo lo antes expuesto que, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público, en contra del imputado JORGE IVAN RAMOS GUZMAN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-14.193.644, natural de Coloncito, Estado Táchira, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Limoncito, calle principal, llegando a l aeropuerto. Número telefónico: 0416-7775530. Hijo de Antonio Pérez y Liria del Carmen Pedraza, por la comisión de los delitos de por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Li.....