DECISIÓN
En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , otorga el beneficio de Destacamento de Trabajo al penado: MORENO VENERO FREDDY ALEXIS, titular de la Cédula Identidad personal 10.617.344, fecha de nacimiento el 10-08-69, de 35 años de edad, soltero, obrero, dirección Barrio José Wilfredo Rodríguez, casa S/N, de esta ciudad de San Fernando de Apure ; de conformidad a las previsiones del artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el encabezamiento del artículo 501 ejusdem y artículo 67 de la Ley de Régimen Penitenciario. En consecuencia el referido penado prestará sus servicios como OBRERO en el ¿Hospedaje Central¿, propiedad de GLADYS ISABEL GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad personal N° V- 13.639.648, ubicada en la calle Bolívar, N° 98, de .....