NELSON ASCANIO VALENZUELA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 4.558.187, Inscrito en el inpreabogado bajo el N° 16.539, en su condición de Apoderado Judicial de la Parte actora quien solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue expuso: Pido se difiera la Ejecución de la presente Medida hasta tanto la parte interesada le Notifique al Tribunal, Es todo. El Tribunal visto el pedimento anterior hecho por el Apoderado Judicial de la parte actora, accede a lo solicitado y no habiendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede Natural, siendo las 10:40 a.m. Termino, se Leyó y conformes firman: La Juez Prov, Dra: Ligia Puerta Valdez, el Apoderado Judicial, Dr. Nelson Ascanio Valenzuela la Notificada, Amalia Rosa Díaz Muños el Jefe de la Com. Policial Sandro Padilla, C.I 12.901.628, el Alguacil Miguel A Bravo, La Secretaria, Dra. Maria M. Aranguren.-
Com.: 03-1223.-
Af.-