PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público, ABOG. JULIO CASTILLO, en contra del ciudadano: LUIS GERARDO HEREDIA SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° 17.761.303, nacionalidad Venezolano, de 26 años de edad, natural de San Fernando, Estado Apure, de profesion u oficio carpintero, y residenciado en el Edificio Don Alberto, ubicado en la avenida Intercomunal, Municipio San Fernando Estado Apure, hijo de Yudi Suarez Gonzalez y Luis Manuel Heredia, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previstos y sancionados en el artículo 453, ordinales 5 y 6 del Código Penal Venezolano, por reunir la misma todos y cada uno de los requisitos establecidos en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten igualmente todos y cada uno de los medios de pruebas promovidos por el Ministerio Público, por señalar el mismo su utilidad, necesidad, pertinencia y licitud. TERCERO: Por cuanto no han variado las circunstanci.....