D I S P O S I T I V A:
En atención a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECAIMIENTO DE LA ACCION, y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO POR FALTA DE INTERES de la ciudadana EMIRCIA YAMILIS ALVAREZ, Venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.181.861, asistida por el Abogado AZAEL PERNIA FERRER, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.095, con domicilio Guasdualito, Municipio Páez del Estado Apure.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de las partes en la sede del tribunal, de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil