Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de Noviembre de 2008, por la Defensora Pública Primera Agraria abogada VILMA VIELMA DE TAPIA, quien actúa en representación del ciudadano JHONNYS INOJOSA RANGEL, en contra de la sentencia dictada en fecha 29 de Octubre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: La nulidad de la sentencia interlocutoria de fecha 29 de Octubre de 2008, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante el cual el Juzgado de la Primera Instancia d.....