DECISIÓN.
Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: SIN LUGAR, la solicitud de medida bajo detención domiciliaria, requerida por el Defensor Privado ABG. JULIO CESAR NIEVES AGUILERA, a favor del ciudadano JOSÉ ARNALDO BERRIOS PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-24.424.912, relacionado con el asunto penal 1C-20035-14, seguida por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5, 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor; y USO DE FACSÍMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.
SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Comandancia General de la Policía del estado .....