Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de PRESTACIONES SOCIALES que intentó la ciudadana LIDES YAJAIRA CASTILLO DE CARRION, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 8.156.425, de este domicilio, debidamente, representada por el Abogado MARCOS GOITIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 75.239, contra el ESTADO APURE, en la persona del ciudadano Gobernador Dr. GIAN LUIS LIPPA, representado por la Abogada BELBIS CAROLINA FARFAN. 2°) Se Condena al ESTADO APURE, quien deberá cancelarle a la demandante ciudadana LIDES YAJAIRA CASTILLO DE CARRION ya identificado, las Prestaciones Sociales correspondientes a DIEZ (10) MESES, desde el 01 de Octubre de 1.999 y culminó el día 31 de Julio de 2000, con un sueldo mensual d.....