DECLARA, bastante y suficiente las presentes actuaciones a favor de la ciudadana ROSALIA DEL CARMEN VILLANUEVA PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula Nº V- 4.669.397, en su condición de conyugue e hijas ciudadanas: (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en sus condiciones de hijas del de cujus ALFREDO ANTONIO BARRIOS, quien era venezolano, mayor de edad, quien era portador de la cedula de identidad Nº V- 9.593.997, como "UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS",