En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA PRIMERO: La LIBERTAD PLENA del ciudadano ALBERTO ARDILA VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.211.667, nacido en Bucaramanga, República de Colombia, en fecha 25-12-1963, de 46 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, grado de instrucción 1º año de Educación Media, residenciado en la Calle 13, Nº 16-92, diagonal a Creaciones Pasotini, San Antonio del Táchira, Estado Táchira, hijo de Isabel Vargas y Ramón Ardila, teléfono Nº 0416-6230169, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: La continuación del proceso por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el a.....