DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga la formula alternativa del cumplimiento de pena, Destacamento de Trabajo al penado ciudadano: NOGUERA REYES PEDRO RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº 17.201.455, de conformidad a las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 66, 67 de la Ley de Régimen Penitenciario, y 500, 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia el referido penado, prestara sus servicios para desempeñar el cargo de OBRERO, en "La Asociación Cooperativa Confección Car Taller," ubicada en el Barrio Saman Lloron, calle paraguai, Nº 98, cerca del galpón del Páez Municipio San Fernando, Estado Apure, con un horario comprendido de Lunes a Viernes de 08:00 am a las 12:00 m, y de 02:00 PM, A 06:00 pm, .....