en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: Primero: Fijar Audiencia de Verificación de cumplimiento y Cese de Medidas impuesta al ciudadano sancionado (SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DEL ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO NIÑAS Y DEL ADOLESCENTE), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452, numeral 8, del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano RICARDO GARCÍA MENDOZA, para el día Miércoles 25 de Junio de 2008 a las 02:30 p.m. Líbrese lo conducente Cúmplase. Notifíquese a las partes.
La Juez,
Abg. Maraly K. Olivares R.
La Secretaria,
Abg. Yrma Pérez.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
La Secretaria,
Abg. Yrma Pérez.
Causa: 1E22-07
MKOR/YP/mm.-