Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre una parcela en terrenos ejidos del Municipio San Fernando, según consta en el Titulo de Propiedad que se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Publico de San Fernando bajo el N°. 32, folios 43 al 65, Protocolo Primero, Cuarto Trimestre del año 1940, con una superficie de SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS. (63,00. Mts.2), Que le fue concedido mediante un Contrato de Adjudicación en Venta, de un lote de terreno el cual se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Publico del Municipio San Fernando del Estado Apure, bajo el N°. 05, Folios 43 al 47, Protocolo Primero, Tomo Décimo, Tercer Trimestre del año 2.006.- Ubica.....