En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Con Lugar la pretensión interpuesta el 25-10-2016 por la Abg. Joselin Jozareth Rattia Colina, en su condición de Fiscal Décima Sexta del Ministerio Público, contra la decisión dictada el 25-8-2016, y publicado su texto íntegro el 30-8-2016, por el Juez 2º Itinerante de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Juan Aníbal Luna, mediante la cual decretó la prescripción judicial con la extinción de la acción penal, y como consecuencia el Sobreseimiento de la causa seguida a la ciudadana Silva Gallardo María Enriqueta, por la presunta comisión del delito de Estafa, previsto en el artículo 462 del Código Penal, en perjuicio de Julio .....