este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastantes y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos JOSE BERNARDO YNOJOSA, LUCIA ALEJANDRA INOJOSA, MARIA ERNESTINA INOJOSA, NELLY MERCEDES INOJOSA y EUNICE RAMONA INOJOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° V- 8.198.768, V-8.161.924, V-8.159.862, V-4.668.214 y V-4.668.905, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus ANA LUCIA INOJOSA, quien fue venezolano, de 94 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-885.075, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la solicitante.
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