Visto el anterior justificativo de testigo evacuados por ante este despacho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN" a favor de la ciudadana MARLENE MARIA ZAPATA DE HERRERA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº 8.164.646, las bienhechurías que se determinan en la solicitud construidas en terrenos de su propiedad, según se evidencia en el documento Protocolizado ante el Registro Público del Municipio San Fernando Estado Apure, quedando inscrito bajo el numero 2017.3684, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N° 271.3.6.1.24505 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2017, con una extensión de terreno de CIENTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADO (138.00 Mts) ubicado en la Urbanización .....