PENA CUMPLIDA: Cinco (05) años, dos (02) meses y once (11) días, tomando en cuenta el tiempo redimido en fecha 14 de noviembre de 2.003, de tres (03) meses y veintinueve (29) días, son Cinco (05) años, seis (06) meses y diez (10) días, más la redención de siete (07) meses, quince (15) días y doce (12) horas, acordada el día de hoy, resulta un total de pena cumplida de Seis (06) años, un (01) mes, veinticinco (25) días y doce (12) horas.
PENA POR CUMPLIR: Dos (02) meses, un (01) día y doce (12) horas.
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: El 13 de diciembre a las doce del mediodía.
Notifíquese del presente cómputo al Fiscal del Ministerio Público, al penado y a su Defensor, para que en el lapso de cinco días hábiles después de notificados, concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación en el mismo.
El Juez de Ejecución,
Dr. MIGUEL PADILLA BAZÓ.-
La Secretaria,
Abog. Carmen p. Loggiodice R.-
MPB/CPLR.-