Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: OTORGAR la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado JOSÉ LUIS CHACÓN SUÁREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.990.661, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 16-10-1975, de ocupación Chofe de Mototaxi, residenciado en San Josecito, Sector Los Conucos, calle Venezuela, casa sin número, a una cuadra de la casa Comunal, Municipio Torbes, Estado Táchira, contra quien se instruye causa penal Nro. 1E509-10, condenado por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida.....