DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por Decaimiento de la Acción, incoado por los Abogados JOSE LUIS FLEITAS CARRASQUEL y EUGENIO JOSE CRISOSTOMO CAÑONI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.624.591, 4.668.415 inscritos en el I.P.S.A., bajo los N°48.677 y 15.958, respectivamente en su carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana CARMEN MARIA CARRASQUEL ARMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.727.513, contra los ciudadanos JAIRO EFIGENIO CASTILLO Y LIDIA CELENIA SILVA ROJAS por falta de interés de las partes de la relación jurídica procesal. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fall.....