UNICO: SIN LUGAR la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad y conforme a las previsiones del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, le fuera decretada a la ciudadana: MILAGROS DE LOS ANGELES HERRERA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 20.230.015, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES EN GRADO FRUSTRACION, previsto y sancionado en los Artículos 406 numeral 1° en concordancia con el 80 ambos del Código Penal; donde aparece como victima FIDIANNY ROSMAIRA SALAZAR GOMEZ; por parte del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con ocasión de celebrarse la correspondiente Audiencia de Presentación de Imputado. En consecuencia se mantienen en vigor la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada a la ciudadana antes identificada, en idénticas condiciones a como les fueron impuestas.
LA JUEZA PR.....