Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Decide: PRIMERO: Se admite TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público, por el delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, de conformidad 44.1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contra el ciudadano FRANKLIN RAMÓN BOLÍVAR, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 27.711.704, en perjuicio de la ciudadana ADOLESCENTE (Se omite la identidad de conformidad a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente). SEGUNDO: Se admite TOTALMENTE las prueb.....