Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de La Región Sur, con sede en San Fernando de Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declara PROCEDENTE la medida cautelar en los siguientes términos: se suspenden los efectos de los actos administrativos de fecha 06/07/2013, emanados por el Comité Académico Bolivariano Estadal de Salud (CABES), del Estado Apure adscrito a la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Ezequiel Zamora, mediante los cuales le imponen la medida de suspensión temporal por un (01) año con reincorporación al próximo curso académico en el año 2015 del Programa Nacional de Formación de Medicina Integral Comunitaria en el caso de (KEIZIMAR JASPE) y medida de suspensión temporal por un (01) año, condicionada a matricular el próximo curso académic.....